March 10, 2023

Prescripción de medicamentos genéricos en hospitales

La Organización Mundial de la Salud ha declarado que los gobiernos, en promedio, se hacen cargo del 51% del gasto sanitario de un país, mientras que más del 35% del mismo egreso nacional se compone de pagos directos, es decir, los pagos directos que realizan las personas para cubrir las cuotas de atención recibida. Una consecuencia de este panorama es que cada año 100 millones de personas se ven sumidas en la pobreza extrema.

Como una alternativa para reducir los costos que la población en materia de servicios de salud, el gobierno de México ha publicado una reforma en la Ley General de Salud para que todos los usos, prescripciones y comercialización de medicamentos sean identificados por su denominación genérica y distintiva, de manera obligatoria. De esta forma, el nombre genérico del tratamiento es uno como uno de los componentes de la receta médica que ahora tienen los médicos por obligación escribir. 

En este país, los medicamentos genéricos tienen el mismo efecto terapéutico y tienen un valor menor del 50% del costo respecto a sus equivalencias de marca o referencia, fabricados con menor costo por empresas que son tanto productivas como competitivas. Esto, aunado a que muchos médicos todavía acostumbran recetar el nombre del medicamento asignado por una farmacéutica, lo que puede imposibilitar a los pacientes saber que existe un equivalente en genérico.

Caso similar fue implementado en Costa Rica por el Ministerio de Salud en octubre del 2021 con el “Reglamento para la Prescripción y Dispensación de Medicamentos de Conformidad con su Denominación Común Internacional (DCI) para el mercado privado costarricense”. Esta legislación dicta que toda receta emitida por profesionales en medicina, odontología y enfermería deberá efectuarse expresando la Denominación Común Internacional (DCI), es decir, el nombre genérico; aunque también permite la flexibilidad de indicar el nombre comercial del medicamento que recomiendan.

Asimismo, el decreto costarricense establece que al vender los medicamentos pertenecientes al listado de equivalentes terapéuticos, se deberá comunicar al consumidor sobre la existencia de todas las diferentes opciones que correspondan al medicamento prescrito e informarle el precio de las alternativas.

Otros países como Argentina, también ha implementado esta medida en su Ley 25.649 donde obliga a que toda receta expedida muestre el nombre genérico del medicamento y no su marca comercial, dando posibilidad al paciente a elegir qué marca comprar.

Prescribiendo medicamentos genéricos, mediante HIS.

Dentro de las funcionalidades del sistema HIS de Cirrus, se encuentra el ingreso y selección de medicamentos genéricos durante la creación de una receta médica en su CPOE (Ingreso de Orden Médica Computarizada, por sus siglas en inglés), donde cada usuario médico puede ingresar nombres de medicamentos genéricos en lugar de nombres de marca, mejorando los procesos de búsqueda de sustancias activas y permitiendo que cada hospital que utilice el software en la nube cumpla con las legislaciones sanitarias y los requisitos de las compañías de seguros.

Cirrus windows, software for hospitals.

Al ser utilizado en los hospitales de alto prestigio en Latinoamérica y Arabia Saudita, Cirrus integra en sus módulos HIS, ERP, EHR y RCM las mejores prácticas a nivel internacional. Asimismo, al ser un software en la nube, los usuarios de Cirrus gozan de constantes y gratuitas actualizaciones, entre ellas, el cumplimiento de las reformas aplicables que realizan las autoridades de cada país. 

Bibliografía

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5647317&fecha=30/03/2022#gsc.tab=0
https://www.presidencia.go.cr/comunicados/2021/10/publicado-decreto-para-que-recetas-de-medicamentos-se-emitan-por-su-nombre-generico/
https://www.argentina.gob.ar/justicia/derechofacil/leysimple/medicamentos-genericos